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Funciones de un celador: la cara humana de los hospitales

Conoce todas las funciones de un celador de hospital. Te sorprenderá la diversidad de tareas que puede desarrollar este profesional. ¡Infórmate!
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    En este artículo te mostramos las funciones de un celador en España a día de hoy. Como verás, estos profesionales son imprescindibles para el funcionamiento de cualquier centro sanitario, desarrollando tareas de vital importancia.

    Así, los celadores y celadoras son, muchas veces, los trabajadores que tienen un mayor contacto directo con pacientes y familiares. Por eso, muy a menudo pueden determinar la imagen que te lleves del hospital o centro sanitario. Veamos, entonces, cuáles son las tareas principales de un celador en nuestro país.

    ¿Cuáles son las funciones de un celador?

    Con carácter general, el celador tiene las funciones principales de realizar el traslado y aseo de enfermos, ayudar a gestionar su ingreso, realizar labores de vigilancia y apoyar al personal sanitario, entre otras.

    No obstante, esto es solo un breve resumen de las tareas que pueden desarrollar estos profesionales. A continuación te mostramos una enumeración más detallada de todas sus funciones.

    Para ello, nos basaremos en la normativa que las regula: el Estatuto de Personal No Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (B.O.E. n° 174 de 22 de julio de 1971).

    Veamos todas las funciones:

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    Funciones de un celador en España

    De acuerdo con la norma que hemos citado, las funciones que desarrolla un celador en nuestro país son las siguientes:

    • Tramitará o conducirá las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que le sean confiados por sus superiores, así como habrá de trasladar, en su caso, de unos servicios a otros, los aparatos o mobiliario que se requiera.
    • Realizará los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se establezcan.
    • Excepcionalmente, cuando el servicio de limpieza no pueda ejecutar alguna tarea de carácter especial, realizará aquellas labores de limpieza que se precisen para el buen funcionamiento del hospital.
    • Cuidará, al igual que el resto del personal sanitario, de que los enfermos no hagan un uso indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o instruyéndoles en el uso y manejo de las persianas, cortinas y útiles de servicio en general.
    • Servirá de ascensorista cuando se le asigne especialmente ese cometido o las necesidades del servicio lo requieran.
    • Vigilará las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello.
    • Tendrá a su cargo la vigilancia nocturna, tanto del interior como exterior del edificio, del que cuidará estén cerradas las puertas de servicios complementarios.
    • Velará continuamente por conseguir el mayor orden de silencio posible en todas las dependencias de la Institución hospitalaria.
    • Dará cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que encontrase en la limpieza y conservación del edificio y material.
    • Vigilará el acceso y estancias de los familiares y visitantes en las habitaciones de los enfermos, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas, cuidando no introduzcan en el hospital más que aquellos paquetes expresamente autorizados por la Dirección.
    • Además, vigilará el comportamiento de los enfermos y de los visitantes, evitando fumen el hospital, traigan alimentos o se sienten en las camas, en general, toda aquella acción que perjudique al propio enfermo o al orden de la Institución.
    • Cuidará que los visitantes no deambulen por los pasillos y dependencias más de lo necesario para llegar al lugar donde concretamente se dirijan.
    • Tendrá a su cargo el traslado de los enfermos, tanto dentro de la Institución como en el servicio de ambulancias.
    • Asimismo, ayudará a los/las Enfermeras/os y Ayudantes de planta al movimiento y traslado de los enfermos encamados que requieran un trato especial en razón a sus dolencias para hacerles las camas.
    • Excepcionalmente, lavará y aseará a los enfermos encamados o que no puedan realizarlo por sí mismo, atendiendo a las indicaciones de los/las Supervisores/as de planta o servicio o personas que las sustituyan legalmente en sus ausencias.
    • En caso de ausencia del peluquero o por urgencia en el tratamiento, rasurará a los enfermos que vayan a ser sometidos a intervenciones quirúrgicas en aquellas zonas de su cuerpo que lo requiera.
    • En los quirófanos auxiliará en todas aquellas labores propias del Celador/a destinado en estos servicios, así como en las que le sean ordenadas por los Médicos, Supervisores/as o Enfermeros/as.
    • Bañará a los enfermos cuando no puedan hacerlo por sí mismos, siempre de acuerdo con las instrucciones que reciban.
    • Cuando, por circunstancias especiales concurrentes en el enfermo no pueda este ser movido solo por la Enfermera o Ayudante de planta, ayudará en la colocación y retirada de las cuñas para la recogida de excretas de dichos enfermos.
    • Ayudará al equipo de enfermería o personas encargadas a amortajar a los enfermos fallecidos, corriendo a su cargo el traslado de los cadáveres al mortuorio.
    • Ayudará a la práctica de autopsias en aquellas funciones auxiliares que no requieran por su parte hacer uso de instrumental alguno sobre el cadáver. Limpiará la mesa de autopsias y la propia sala.
    • Tendrá a su cargo los animales utilizados en los quirófanos experimentales y laboratorios, a quienes cuidarán, alimentándolos, manteniendo limpias las jaulas y aseándolos, tanto antes de ser sometidos a las pruebas experimentales como después de aquellas y siempre bajo las indicaciones que reciban de los Médicos y demás personal superior.
    • También serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan quedado específicamente reseñadas.

    Comportamientos prohibidos a estos profesionales

    La normativa señala expresamente un comportamiento que está prohibido en el trabajo de los Celadores:

    Se abstendrá de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico encargado de la asistencia del enfermo.

    Por tanto, como ves, la discreción es imprescindible a la hora de desarrollar las funciones de Celador en nuestro sistema sanitario.

    Otras funciones del Celador o Celadora

    Además, el celador podrá desempeñar otras labores dependiendo del lugar específico donde realice su trabajo en el hospital. Por ejemplo, un Celador de Puerta, debe tener un carácter extrovertido y con buena facilidad de palabra, ya que va a ser el primer contacto con el hospital y deberá responder correctamente muchas preguntas relacionadas con el funcionamiento íntegro del hospital.

    Lo mismo sucede con un Celador de Necropsias o un Celador de Ambulancias, que realizan tareas más específicas a la situación particular en la que trabajan.

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