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Las oposiciones Maestros Madrid se convocan mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir 1.400 plazas en el Cuerpo de Maestros ubicadas en centros educativos públicos dependientes de la Comunidad de Madrid.
A continuación te mostramos el desglose de las plazas de turno libre:
Las 1.400 plazas convocadas en estas oposiciones de educación por accesos y especialidades en la Comunidad de Madrid es la siguiente:
Especialidad | Libre acceso | Discapacidad |
Audición y Lenguaje | 84 | 6 |
Educación Infantil | 335 | 25 |
Educación física | 121 | 9 |
Lengua Extranjera: Inglés | 372 | 28 |
Música | 65 | 5 |
Pedagogía Terapeútica | 139 | 11 |
Primaria | 186 | 14 |
Total | 1302 | 98 |
En total son 1.302 plazas por acceso libre y 98 reservadas para personas con discapcacidad.
Si quieres ser admitido en el procedimiento selectivo, deberás reunir los siguientes requisitos:
Nacionalidad: Deberás concurrir alguna de las siguientes condiciones:
Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE).
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares de ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, según se relacionan a continuación:
Edad: Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad establecida para la jubilación.
Funciones: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a las que opta. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con la práctica de la docencia.
No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, por resolución judicial.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
No ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros ni estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario del mismo Cuerpo al que se pretende ingresar.
Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria tienen contacto habitual con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior, deberás reunir los siguientes requisitos relacionados con la titulación.
Estar en posesión o reunir las condiciones para que les pueda ser expedido alguno de los siguientes títulos:
En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse obtenido su correspondiente credencial de homologación.
Podrán participar por este procedimiento, los aspirantes que, además de reunir los requisitos
de ingreso generales y específicos exigidos para el procedimiento de ingreso, tengan reconocido por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o, en su caso, de la Administración General del Estado, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, o habérsele declarado en situación de incapacidad permanente en grado total en una profesión distinta a la docente, mediante Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, siempre que tengan la capacidad funcional, no solo referida al ejercicio de la docencia a nivel general, sino en relación con la especialidad a la que se opta.
Todos estos requisitos los deberás poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
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