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¿Sirve de algo reclamar en oposiciones?

Descubre cuándo y cómo reclamar en las oposiciones, y si realmente es útil para tu proceso de selección. ¡Entra e infórmate!
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    ¿Realmente sirve de algo reclamar en oposiciones?

    La respuesta corta, y en términos generales, es que sí.

    Si tu reclamación tiene fundamento y estás convencido de tener razón, por supuesto que deberías recurrir cualquier trámite o resolución que te perjudique.

    Ten en cuenta que los miembros de los tribunales y órganos de selección pueden cometer errores.

    Los procesos selectivos son complejos, la carga de trabajo suele ser grande y los plazos, limitados. Por tanto, es relativamente fácil que se produzcan erratas, equivocaciones, olvidos, etc.

    Además, no pierdes nada por intentarlo, al menos en vía administrativa.

    De todos modos, hay casos más obvios que otros, como ahora veremos.

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    ¿Cuándo se puede reclamar en oposiciones?

    Estos son los supuestos más habituales por los que se suele reclamar en unas oposiciones:

    Estos son los supuestos más habituales por los que se suele reclamar en unas oposiciones:

    1. Listas de personas admitidas y excluidas

    Como sabes, después de presentar la instancia de participación, se publica el listado provisional de personas admitidas y excluidas.

    Por ejemplo, son causas de exclusión:

    • No cumplir alguno de los requisitos de acceso.
    • No indicar el turno de acceso (libre, promoción interna, etc.).
    • Indicar un número de DNI o NIE incorrecto.
    • Adjuntar algún documento ilegible o erróneo.
    • Presentar la solicitud fuera de plazo.
    • No haber pagado la tasa de examen.
    • Etc.

    Como es lógico, habrá cuestiones en las que merece la pena presentar alegaciones (para corregir algún error que hayas cometido o adjuntar el documento correcto), mientras que en otros casos será inútil.

    Por ejemplo, si has presentado la solicitud fuera de plazo o si ya superas la edad de jubilación, poco puedes hacer.

    Otro caso posible es que no aparezcas ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos.

    Este es un supuesto muy claro en el que deberías reclamar, pidiendo expresamente que te incluyan en el listado de personas admitidas a la oposición.

    Sin duda, este primer supuesto es uno de los casos más obvios en los que merece la pena reclamar en una oposición. Al fin y al cabo, te estás jugando tu participación en el proceso selectivo.

    2. Preguntas con errores en exámenes tipo test

    Otro caso muy habitual en el que sirve de algo reclamar en unas oposiciones es si el cuestionario tipo test contiene errores.

    Como sabes, en estos exámenes suele haber preguntas «de reserva». Estas solo se valoran cuando el tribunal anula alguna de las principales por contener errores.

    Sin embargo, si el tribunal de la oposición pasa por alto algún error, podrías presentar una reclamación señalando dicha errata.

    Ejemplos típicos de errores en estos cuestionarios son:

    • Preguntas formuladas de forma confusa o ambigua, de modo que admitan dos opciones de respuesta.
    • Haberse dado por válida una respuesta errónea en la plantilla de corrección.
    • Haberse anulado una pregunta de forma improcedente.
    • No existir ninguna opción de respuesta válida.

    Este es otro caso evidente en los que sirve de mucho reclamar en unas oposiciones. Ten en cuenta que, en la mayoría de procesos selectivos, la diferencia entre conseguir plaza o no, radica en unas pocas décimas en la puntuación final.

    3. Errores en otro tipo de pruebas de la oposición

    Por supuesto, lo que hemos mencionado en el punto anterior también se aplica a otro tipo de pruebas.

    Es muy habitual, por ejemplo, el caso de las pruebas físicas en oposiciones.

    Puede haber errores en las instrucciones de ejecución de algún ejercicio, fallos en las mediciones o cronometrajes, exclusiones injustas, etc.

    También en otros tipos de pruebas prácticas, test psicotécnicos, etc. es posible presentar alegaciones.

    4. Errores en listas de puntuaciones o personas aprobadas

    Aunque no se diera ningún error en los exámenes propiamente dichos (preguntas incorrectas, etc.), puede haber fallos al hacer el cálculo de puntuaciones y la ordenación de candidatos.

    Por tanto, si no estás conforme con tu nota en un determinado examen o en la fase oposición en su conjunto, puedes presentar una reclamación o recurso frente a dichos listados de puntuaciones.

    5. Valoraciones de méritos

    En aquellos procesos selectivos que incluyan una fase de concurso, es también posible reclamar frente a las listas de valoración de méritos.

    Estos son algunos de los posibles motivos:

    • No haberse valorado alguno de tus méritos, siempre que los hayas acreditado debidamente y que se trate de alguno de los admitidos expresamente en las bases.
    • Errores en las puntuaciones. Por ejemplo, si se han calculado mal tus años de experiencia o si te han atribuido menos puntos de los debidos para un mérito en concreto.
    • Si no apareces en el listado.

    Como es lógico, algunos casos serán más claros que otros. Si estás convencido de tus razones, merece la pena que alegues.

    El procedimiento suele ser muy sencillo, como ahora veremos.

    Cómo presentar reclamaciones en procesos selectivos

    Para saber cómo debes reclamar en unas oposiciones, deberías consultar las bases de tu convocatoria, así como la web específica del proceso selectivo.

    Muchas veces, en la propia web de la oposición se proporcionan los formularios para realizar alegaciones en los distintos trámites que lo permiten.

    Hoy en día, lo habitual es que se presenten a través de internet, en la sede electrónica del organismo correspondiente.

    Lo más importante es que:

    • Presentes tu reclamación dentro del plazo que indiquen las bases. Por ejemplo, en el caso de las listas de personas admitidas y excluidas, suele darse un plazo de 10 días hábiles (aunque puede variar).
    • Fundamentes correctamente tu reclamación. Indica de forma muy precisa cuál es el motivo de tu inconformidad y presenta los documentos que avalen tu razonamiento (si fuesen necesarios).

    Dependiendo de los casos, puede que tu reclamación se realice mediante un simple escrito de alegaciones. En otros supuestos, deberás presentar un recurso administrativo, que puede ser:

    • Recurso de alzada: ha de presentarse en el plazo máximo de un mes desde que se dictó el acto recurrido. Lo resuelve el órgano superior jerárquico. Si no reclamas en alzada, tampoco podrás acudir a los tribunales posteriormente.
    • Recurso de reposición: este recurso lo resuelve el mismo órgano que dictó el acto que se recurre. Se dice que es potestativo, ya que no es necesario interponerlo. Podrías acudir directamente al recurso contencioso-administrativo, como luego veremos.

    Las propias resoluciones indican qué tipo de recursos proceden en cada caso y cuáles son los plazos para interponerlos.

    Contenido de los recursos administrativos

    La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, nos indica cuál es el contenido mínimo de este tipo de recursos:

    • El nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo.
    • El acto que se recurre y la razón de su impugnación.
    • Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
    • Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación.
    • Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.

    Como puedes ver, es un modelo muy sencillo.

    ¿Vale la pena ir a la vía judicial?

    Si la Administración no te da la razón frente a una reclamación o recurso en las oposiciones, tienes la posibilidad de acudir a los tribunales de justicia.

    También puedes hacerlo si no quieres utilizar la opción del recurso de reposición, como veíamos en el apartado anterior.

    En estos casos, procedería la interposición de un recurso contencioso-administrativo.

    Ten en cuenta que los procesos judiciales pueden alargarse considerablemente y conllevar gastos de honorarios de abogados y procuradores.

    ¿Puedo reclamar frente a las propias bases de la oposición?

    Efectivamente, ya desde antes de iniciarse el proceso selectivo, es posible reclamar frente a las bases de la convocatoria.

    Así, si consideras que hay algún aspecto ilegal, tienes la posibilidad de acudir a una de las dos opciones que mencionábamos:

    • Recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución.
    • Directamente, recurso contencioso-administrativo ante los tribunales competentes.

    En definitiva, está claro que sirve de algo reclamar en oposiciones. Al fin y al cabo, te estás jugando una plaza de empleo público para el resto de tu vida laboral.

    Fuentes y recursos de información

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