¿Sabes qué es el Auxilio Judicial? En este artículo te contamos cómo se organiza este cuerpo de funcionarios de Justicia, qué tareas les corresponden y cómo son las oposiciones de acceso. Si te interesan estas plazas de Auxilio Judicial , ¡sigue leyendo!
¿Qué es el Auxilio Judicial?: Definición, origen y regulación
El cuerpo de Auxilio Judicial es un cuerpo de funcionarios que se encuadra en la Administración de Justicia. Así, se trata de uno de los tres cuerpos generales de dicha administración. Los otros dos serían el de Gestión y el de Tramitación Procesal y Administrativa.
El antecedente del cuerpo de Auxilio Judicial son los llamados Agentes de la Administración de Justicia, con funciones muy similares a las actuales.
A día de hoy, la regulación del cuerpo de Auxilio Judicial se contiene esencialmente en la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio), sobre todo en su artículo 478.
Características del cuerpo de Auxilio Judicial
Las principales características del cuerpo de funcionarios de Auxilio Judicial son las siguientes:
- Se encuadra dentro del grupo C2 de funcionarios.
- Por tanto, los funcionarios de Auxilio Judicial deben contar, al menos, con la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
- Aunque se trata de un Cuerpo Nacional, las competencias sobre estos funcionarios se comparten entre Estado y Comunidades Autónomas.
- Actúan siempre bajo el principio de jerarquía. En este sentido, es el cuerpo de menor rango de los tres Cuerpos Generales de la Administración de Justicia.
- Con carácter general, corresponde a estos funcionarios la realización de cuantas tareas tengan carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales.
Desde luego, la definición de qué es Auxilio Judicial no estaría completa si no analizamos las funciones de este cuerpo de empleados públicos.
Aunque ya hemos dicho que, con carácter general, les corresponde auxiliar a la actividad de los órganos judiciales, la Ley Orgánica del Poder Judicial especifica las siguientes funciones concretas:
- La práctica de los actos de comunicación que consistan en notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos, en la forma prevista en las leyes procesales, a cuyo efecto ostentará capacidad de certificación y dispondrá de las credenciales necesarias.
- Como agente de la autoridad, proceder a la ejecución de embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que le atribuyan las leyes.
- Actuar como Policía Judicial con el carácter de agente de la autoridad, sin perjuicio de las funciones que, en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes, competen a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Realizar funciones de archivo de autos y expedientes judiciales, bajo la supervisión del letrado de la Administración de Justicia.
- Velar por las condiciones de utilización de las salas de vistas y mantener el orden en las mismas.
- Comprobar que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se encuentren en condiciones de utilización, requiriendo, en su caso, la presencia de los servicios técnicos que correspondan, para permitir el adecuado funcionamiento de dichos dispositivos, poniendo en conocimiento del letrado de la Administración de Justicia las anomalías detectadas que pudieran impedir la celebración de actos procesales.
- El desempeño de aquellas jefaturas que en las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina judicial estén asignadas a este cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
- La posibilidad de ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos exigidos para su desempeño en las relaciones de puestos de trabajo en las mismas.
- La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
Conoce las características de la oposición
De forma muy resumida, resumimos a continuación las principales características del proceso selectivo de Auxilio Judicial:
- Dificultad: tanto por los requisitos de acceso como por el temario y el tipo de pruebas, se trata de una oposición relativamente fácil. No obstante, como cualquier otro proceso selectivo, requiere una buena preparación para conseguir plaza.
- Convocatorias: suelen ser bastante regulares y generosas. Por ejemplo, en la última convocatoria se ha incluido un total de 1.810 plazas.
- Requisitos: además de la titulación de ESO o equivalente, se exige la nacionalidad española, no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años y los requisitos habituales de edad, capacidad y no inhabilitación.
- Temario: el programa oficial de Auxilio Judicial abarca un total de 26 temas. Puedes consultarlos todos en este enlace.
- Sistema selectivo: concurso – oposición. Por tanto, se desarrolla en dos fases sucesivas, siendo obligatorio superar las pruebas de la oposición para pasar a la valoración de méritos.
- Exámenes: la fase de oposición de Auxilio Judicial consta de dos ejercicios:
- Un primer cuestionario teórico tipo test, de carácter escrito y obligatorio. Está compuesto por 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta. La duración de la prueba es de 90 minutos.
- El segundo ejercicio es un examen de carácter práctico, escrito, obligatorio y eliminatorio. Consiste en que respondas a un cuestionario tipo test de 40 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta. Las preguntas se referirán a dos casos prácticos de diligencia judicial propuestos por el Tribunal. Dispondrás de 60 minutos para finalizar esta prueba.
- Fase de concurso. En esta fase se valoran las titulaciones y grados académicos, el historial profesional (cursos de formación), las calificaciones obtenidas en anteriores procesos selectivos y, por último, los servicios prestados en la Administración de Justicia (como titular, sustituto, interino o como personal laboral).
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