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Se ha convocado un proceso selectivo de 3 plazas de Bombero del Servicio de Extinción de Incendios en el Ayuntamiento de A Coruñamediante el sistema de oposición libre.
El plazo de presentación de instancias es de 20 días naturales a partir del 27 de Diciembre de 2.013; el anuncio de esta convocatoria se hizo en el BOE nº 309, de 26 de Diciembre de 2013. Las bases específicas de la convocatoria aparecen publicadas en el BOP A Coruña nº 199 de 18 de Octubre de 2013, además de en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, que es donde podrá consultar el resto de la información si le interesa optar a las plazas.
La presentación de instancias, en las que los interesados habrán de manifestar sus datos personales y que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, se realizará en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38,4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, admitiéndose como tal la oficina de correos y dirigiéndolas al Excmo. Sr. Alcalde.
A la instancia se acompañará inexcusablemente:
– Fotocopia del D.N.I.
– Carta de pago acreditativa de abonar el importe de los derechos de examen o resguardo del giro postal o telegráfico de su abono, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Reguladora vigente en el plazo de presentación de solicitudes.
Los derechos de examen sólo serán devueltos a los que no fueran admitidos a las pruebas selectivas por no reunir los requisitos exigidos.
– Fotocopia compulsada del título de graduado en educación secundaria obligatoria o cualquier otro equivalente, según las disposiciones educativas sobre la materia.
– Fotocopia de estar en posesión del carné de conducir de la clase C, D, E y la autorización BTP, así como declaración jurada comprometiéndose a mantenerlos vigentes mientras permanezcan en situación de servicio activo, como funcionario de carrera, en el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
– Título acreditativo de estar en posesión del nivel de conocimiento de la lengua gallega CELGA III o equivalente, al objeto de ser declarados exentos de la realización del quinto ejercicio