Si quieres preparar tus oposiciones para trabajar como profesor de Secundaria Castilla-La Mancha , ¡esto te interesa! Sigue leyendo para descubrir todo lo necesario sobre las plazas y los requisitos necesarios para acceder a estas interesantes oposiciones. ¡Vamos allá!
Convocatoria Profesores Secundaria Castilla-La Mancha: ¿cómo son las plazas?
En la última convocatoria de profesor de secundaria en Castilla la Mancha se ofertaron 570 plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y 21 plazas del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
El proceso de selección fur de concurso-oposición. Las plazas eran de distintas especialidades, tanto por turno libre como por cupo de discapacidad y acceso a grupo superior. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad y para el acceso a grupo superior que no fueron cubiertas en el proceso, se acumularon al cupo de turno libre.
Las plazas para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria fueron las siguientes:
Especialidad |
Turno libre |
Acceso grupo superior |
Lengua Castellana y Literatura |
83 |
5 |
Filosofía |
14 |
1 |
Geografía e Historia |
58 |
2 |
Matemáticas |
102 |
7 |
Física y Química |
58 |
2 |
Biología y Geología |
36 |
2 |
Dibujo |
9 |
– |
Francés |
9 |
– |
Inglés |
77 |
4 |
Educación Física |
14 |
1 |
Orientación Educativa |
31 |
2 |
Tecnología |
11 |
– |
Economía |
9 |
– |
Administración de Empresas |
17 |
2 |
Informática |
9 |
– |
Sistemas Electrónicos |
5 |
– |
Total |
542 |
28 |
Las plazas para el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas son las siguientes:
Especialidad |
Turno libre |
Piano |
18 |
Lenguaje Musical |
3 |
Total |
21 |
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Profesores Secundaria Castilla-La Mancha: los requisitos para presentarte
Para poder presentarte a la convocatoria de oposiciones de Educación Secundaria de Castilla-La Mancha tendrás que reunir una serie de requisitos. Estos requisitos deberán reunirse en el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.
Requisitos generales
- Nacionalidad: ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o de uno de los Estados a los que les es aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España. También serán admitidos cónyuges y descendientes de ciudadanos que cumplan este requisito de nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y que los descendientes tengan menos de 21 años o sean mayores, pero continúen viviendo con sus progenitores.
- Edad: Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
- Salud: no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
- Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
- Incompatibilidad: no ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como personal funcionario de carrera del mismo Cuerpo al que se pretenda ingresar salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.
- Lengua castellana: los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano según se indica en las bases.
Requisitos específicos
- Titulación: estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia (especificados en las bases).
- Formación pedagógica: exclusivamente para los aspirantes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refieren los artículos 94 y 100.2 de la LOE. Cumplirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. De no poseer este Máster, podrá acreditarse la formación didáctica contando, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, con alguno de los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP).
- Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro de Primera Enseñanza, o del título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica; igualmente están dispensados quienes estuvieran cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos mencionados anteriormente y que tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 01/10/2009.
- Haber impartido docencia antes del término del curso escolar 2008/2009 (por tanto antes del 31/08/2009), durante un mínimo de dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el mencionado Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
¿Cómo realizo mi solicitud para estas oposiciones?
Para poder presentarte al proceso selectivo de esta convocatoria de Castilla-La Mancha deberás realizar una solicitud oficial según se indica en las bases.
Solicitud electrónica
Puedes presentar tu solicitud de manera telemática a través del Portal de Educación. Para ello, debes:
- Cumplimentar tu solicitud de participación
- Registrarla electrónicamente.
- Realizar el pago de la tasa por derechos de examen.
- Confirmar los datos que la administración educativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ya posee para que puedan ser baremados en la fase de concurso.
Para poder acceder a la solicitud electrónica es necesario que te identifiques mediante tu NIF y la contraseña que elijas tras el proceso de alta como «usuario registrado» de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a través del Portal de Educación. Para registrarte, deberás seleccionar la opción de acceso mediante NIF y contraseña y pulsar en la pantalla siguiente sobre el botón «registro».
Si ya eres interino, no tendrás que registrarte porque ya estás dado de alta en el sistema, solo necesitarás introducir tu NIF y tu contraseña habitual.
Solicitud presencial
También se puede realizar la solicitud accediendo a ella en dicho Portal de Educación, cumplimentándola, imprimiéndola, firmándola y presentándola ante la Administración. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes, correspondiente a la provincia de gestión de especialidad.
Los lugares de registro de solicitudes de manera presencial pueden ser:
- Las distintas Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes (según especialidad tal como se recoge en las bases).
- En las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En una oficina de Correos: en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario correspondiente antes de ser certificada.
- Las solicitudes de aspirantes residentes en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas correspondientes.
Documentación
Tendrás que adjuntar a tu solicitud la siguiente documentación:
- Documentación justificativa de los méritos.
- Modelo 046 acreditativo del pago de la tasa por derechos de examen.
- Fotocopia del título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
- Los aspirantes extranjeros deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su identidad y nacionalidad, así como declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. También deberán entregar, según el caso, acreditación de las siguientes situaciones:
- El vínculo de parentesco.
- El hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
- Declaración jurada o promesa del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
- Los aspirantes no españoles exentos de la prueba de conocimiento del castellano, deberán aportar uno de los siguientes documentos:
- Fotocopia del Diploma de Español, Nivel Superior, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera que regulaba el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio.
- Fotocopia del Certificado de Aptitud de Español para Extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención de los mencionados diplomas.
- Fotocopia del título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica.
- Acreditación de haber superado esta prueba en convocatorias anteriores realizadas por la administración educativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o aportar copia del título alegado para ingresar en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas que haya sido emitido por el Estado español.
Convocatoria Profesores Secundaria Castilla-La Mancha: las pruebas de estas oposiciones
Cada una de las pruebas de la fase de oposición de esta convocatoria tendrá carácter eliminatorio. La fase de oposición estará compuesta por dos pruebas, y estas, a su vez, por dos partes cada una.
Primera prueba
Esta prueba está pensada para demostrar los conocimientos específicos de la especialidad y se divide en dos partes:
- PARTE A: prueba práctica. En el caso de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura, consistirá en lo siguiente: realización de dos ejercicios, de entre cinco propuestos, a partir de un texto (literario o no literario) sobre cuestiones referidas a los diferentes niveles del texto (pragmático, semántico, morfosintáctico o fonológico), en función de su relevancia para el significado global del mismo. Cada especialidad será diferente según se recoge en los anexos de las bases.
- PARTE B: desarrollo por escrito, durante dos horas, de un tema del programa de la especialidad elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal.
Segunda prueba
Esta prueba está pensada para valorar la aptitud pedagógica de los aspirantes y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Se divide en dos partes:
- PARTE A: presentación de una programación didáctica que será entregada por los aspirantes que superen la primera prueba de la fase de oposición al tribunal el mismo día en que sean citados para su defensa por dicho tribunal.
- PARTE B: preparación y exposición de una unidad didáctica. Esta unidad podrá estar relacionada con la programación didáctica presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
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