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Sueldo como policía local en prácticas

¿Sabes cuál es el sueldo de un Policía Local en prácticas? En este artículo analizamos la normativa vigente para aclarar tus dudas.
Sueldo Policía Local en prácticas|

    ¿Sabes cuál es el sueldo de policía local en prácticas? En este artículo analizamos la normativa vigente en esta materia, para intentar aclarar todas tus dudas. ¡Sigue leyendo si quieres conocer todos los detalles!

     

    ¿Cuál es el sueldo de un Policía Local en prácticas?

    Para saber cuál es el sueldo de policía local en prácticas, tenemos que tener en cuenta varias normas:

    • La legislación autonómica sobre coordinación de Policías Locales. Habitualmente, estas normas se remiten a las leyes estatales.
    • El Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), que dice que, como mínimo, será el sueldo que corresponda al subgrupo donde va a ingresar. Esto significa que, al menos, deberían percibir el sueldo base del subgrupo C1 (que es de 781,39 € brutos al mes).
    • Sin embargo, la norma más específica es el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas. Pues bien, según esta norma: «si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe anterior se incrementará en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.»

    Por tanto, si el Policía Local en prácticas desarrolla el trabajo habitual de un policía, debería cobrar tanto el salario base como los complementos. Es decir, las retribuciones completas del puesto de Policía.

    De todos modos, ten en cuenta que estas cuestiones podrían variar en las diferentes comunidades autónomas, en función de la normativa específica que sea aplicable en cada caso.

     

    ¿Es igual el sueldo de Policía Local en prácticas en todos los ayuntamientos?

    Además de lo que pueda indicar la normativa autonómica respecto de las prácticas, lo cierto es que los sueldos de policía local son ya de por sí diferentes en los distintos ayuntamientos.

    De este modo, como luego veremos, hay ciertos componentes del salario cuyo importe depende de lo que decida cada corporación municipal. Por supuesto, dentro de los límites que permite la ley.

    Nos referimos, especialmente, al complemento específico y el de productividad, aunque también en el complemento de destino puede haber algunas diferencias.

    El sueldo del Policía Local en prácticas, al ser equivalente al de sus compañeros funcionarios, también va a ser distinto en función del ayuntamiento de que se trate.

    Sueldo de Policía Local en prácticas: componentes

    Como sucede con el de cualquier funcionario, el sueldo de un Policía Local en prácticas no es una cifra única y global. Al contrario, como decíamos antes, está formado por una serie de conceptos retributivos que podemos dividir en dos grandes grupos:

    • Retribuciones básicas, que se fijan directamente a través de las leyes de presupuestos del Estado de cada año. Se trata del sueldo base y de la antigüedad (es decir, los trienios).
    • Retribuciones complementarias: estos conceptos retributivos los va a determinar cada ayuntamiento en función de las características del puesto y de la persona que lo desempeña, dentro de los límites permitidos por las leyes.

    A continuación analizamos en detalle cada uno de estos componentes.

     

    Retribuciones básicas

    Las retribuciones básicas de un Policía Local en prácticas están directamente vinculadas al grupo o subgrpo de funcionarios al que pertenecen, según la titulación académica exigida para acceder al puesto.

    De este modo, en el caso de los Policías Locales, se trata del subgrupo C1. Por tanto, tomando como referencia los importes actualizados para 2020, nos encontramos con las siguientes cuantías dentro del sueldo de un Policía Local en prácticas:

    • Sueldo base. Un Policía Local en prácticas (subgrupo C1) percibiría en 2020 un sueldo base de 781,39 € brutos al mes (es decir, 9.376,68 € brutos anuales).
    • Antigüedad. Este concepto tiene en cuenta los años de servicio acumulados como funcionario, computados por trienios (cada tres años de servicio). Por tanto, un Policía Local de prácticas no va a cobrar nada por este concepto. Posteriormente, percibiría 28,59 € brutos al mes por cada uno de los trienios que vaya cumpliendo.

    Además, ten en cuenta que los Policías Locales perciben también dos pagas extraordinarias al año (en junio y diciembre). Estas pagas incluyen un importe especial de salario base, antigüedad y parte de las retribuciones complementarias.

    En consecuencia, un Policía Local en prácticas cobrará la parte proporcional que le corresponda, en función del tiempo que dure su período de prácticas.

     

    Retribuciones complementarias

    Como decíamos, es en las retribuciones complementarias donde se pueden producir las diferencias de sueldo de los Policías Locales en prácticas.

    Así, estos conceptos retribuyen aspectos como la dificultad, responsabilidad o dedicación que implica cada puesto concreto (entre otras cuestiones). Por tanto, varían en los distintos ayuntamientos e incluso en función del servicio concreto de que se trate.

    Por tanto, aquí se incluyen los siguientes conceptos retributivos:

    • Complemento de destino, que se vincula directamente con el nivel de cada puesto de trabajo. Para los puestos del subgrupo C1, el ayuntamiento puede fijar libremente un nivel entre el 11 y el 22. No obstante, lo más habitual es que se sitúe alrededor del nivel 16, lo que implicaría un importe de 379,77 € brutos al mes en 2020.
    • Complemento específico. Este complemento retribuye el nivel de dedicación, responsabilidad o dificultad de cada puesto concreto de Policía Local. Por tanto, aquí podemos encontrar importes realmente distintos en función del ayuntamiento, e incluso dentro del mismo ayuntamiento según el puesto.
    • El complemento de productividad retribuye un especial rendimiento del Policía Local en su trabajo, por lo que debería ser variable en aquellos casos en los que se incluya.
    • Pueden existir otros conceptos retributivos, por cuestiones como el trabajo nocturno o en días festivos, la realización de horas extraordinarias, etc., cuyos importes no podemos conocer a priori.

    Por tanto, salvo que la normativa autonómica indique lo contrario, lo habitual es que el sueldo de un Policía Local en prácticas sea igual que el de sus compañeros dentro del cuerpo. Por supuesto, la única excepción será la antigüedad, dado que el funcionario en prácticas no habrá acumulado todavía ningún trienio.

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