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¿Han quitado la altura para Policía Nacional? Te damos toda la información

¿Eres una persona no demasiado alta? Entonces te interesará saber que han quitado la altura para acceder a la Policía Nacional. Te contamos los detalles.
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    Si te estás preparando para entrar en la Policía Nacional, o tienes la intención de hacerlo, has de saber que, a partir de la próxima convocatoria, no tendrás que cumplir uno de los requisitos más controvertidos. Nos referimos a la altura para Policía Nacional, que se ha quitado por orden del Ministerio del Interior.

    Si quieres conocer todos los detalles, quédate y descubre quienes pueden participar ahora en estas oposiciones al CNP y en qué casos se sigue manteniendo la condición de la estatura.

     

    El requisito de la estatura mínima: ¿por qué se ha quitado?

    La semana pasada fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº245, de 12 de octubre de 2022) el nuevo Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, en el que se recogen todos los requisitos mínimos que tienen que cumplir los aspirantes a determinados puestos del cuerpo policial para poder participar en las oposiciones.

    La novedad más reseñable, sin duda, es la eliminación de la altura mínima como condicionante, tanto para hombres como para mujeres. Hasta ahora se exigía que los varones midiesen 1’65 metros y, sus compañeras mujeres, 1’60 metros.

    La eliminación del requisito de altura está detrás de una obligación legal, pues la Sala III del Tribunal Supremo sentenció el pasado julio que era discriminatorio para las mujeres frente a sus compañeros masculinos.

    Según la sentencia del TS, el listón establecido hasta ahora era más difícil de superar para ellas que para ellos, pues el porcentaje de españolas que no llegan a la altura de 1’60 es nada más y nada menos que de un 25%; frente al 3% de hombres que no alcanzan el 1’65 metros.

     

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    El requisito de la altura para unidades especiales

    Si bien la condición de la estatura no volverá a estar presente en los procesos de selección para agentes de la Policía Nacional, sí que se mantendrá para algunas de las unidades especiales. Algunas de ellas son:

    • Las UIP (Unidades de Intervención Policial): más popularmente conocidos como antidisturbios, tienen la función de guiar, escoltar y asegurar la seguridad en grandes reuniones de personas como manifestaciones o eventos deportivos, siguiendo los protocolos establecidos.
    • Las UPR (Unidades de Prevención y Reacción): como su propio nombre indica, su misión se centra en la prevención y el restablecimiento del orden público en contextos en los que no se requiera la intervención de la UIP.
    • GEO (Grupo Especial de Operaciones): como seguramente sabes, esta es la unidad policial de élite en España. Se encargan de misiones de alto riesgo en los que corre grave peligro la vida de seres humanos, entre los que se encuentra la lucha contra el terrorismo y grupos de delincuencia organizada.

    Todo aquel que desee entrar a formar parte de alguna de estas unidades especiales tendrá que seguir teniendo una altura mínima, que se detallará en las correspondientes bases de la convocatoria a la que se presente.

     

    Han quitado la altura para Policía Nacional: otros requisitos

    Seguro que son muchas las personas que están de enhorabuena debido a la noticia de que han quitado la altura para la Policía Nacional. Sin embargo, existen unos cuantos requisitos que deberán seguir cumpliendo si quieren ser admitidos en este proceso selectivo. Te los detallamos:

    • Tener la nacionalidad española.
    • Haber cumplido los 18 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
    • Contar con el título de Bachillerato o equivalente. Si deseas optar a entrar a la Escala Ejecutiva, se te exigirá la titulación de Grado universitario.
    • Estar en posesión del permiso de conducción vigente de clase B.
    • Tener la aptitud psicofísica adecuada para el ejercicio de las funciones que deberás realizar como agente de la Policía Nacional y no contar con ninguna exclusión médica de las que se detallan en las bases de la convocatoria.
    • Tomar el compromiso, mediante declaración jurada, de portar armas. 
    • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de alguna de las Administraciones públicas (estatales, autonómicas o locales). Tampoco podrás encontrarte inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

     

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