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¿Cómo se calcula la nota final en las oposiciones de Maestros?

Si no tienes claro cómo se calcula la nota final en las oposiciones de Maestros, en este artículo podrás resolver todas tus dudas.
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    Si no tienes claro cómo se calcula la nota final en las oposiciones de Maestros, en este artículo podrás resolver todas tus dudas.

    Como verás, es un sistema algo más complejo que en otros procesos selectivos, pero nada difícil de entender con un sencillo ejemplo.

    ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles!

    ¿Cómo es el sistema selectivo de las oposiciones de Maestros?

    Aunque las oposiciones de Maestros se convocan por parte de las distintas comunidades autónomas, todas siguen el mismo sistema, ya que viene establecido en una norma de carácter estatal, que es esta:

    Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

    El sistema en cuestión es el de concurso-oposición. Por tanto, se estructura en dos fases distintas:

    • Una fase de oposición, en la que se realizan distintas pruebas o exámenes.
    • Una fase de concurso, en la que se valoran los méritos alegados por cada aspirante.

    Además, la ley indica que siempre la fase de oposición debe «pesar» más que la de concurso en la nota final de las oposiciones de Maestros. Lo habitual es que se aplique una proporción de 60/40.

    Por otra parte, no se pueden valorar los méritos del concurso si no se ha superado la fase de oposición, que es un filtro imprescindible.

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    Cálculo de la nota final en las oposiciones de Maestros: ejemplo

    Para calcular la nota final de las oposiciones de Maestros, tenemos que analizar en detalle las normas de valoración de cada una de las dos fases del proceso selectivo:

    Valoración de la fase de oposición

    Como ya sabrás, los exámenes de la fase de oposición de Maestros se estructuran del modo siguiente:

    • Primera parte, que se valora de 0 a 10 puntos e incluye dos pruebas, con diferente ponderación (peso en la nota final):
      • Realización de un supuesto práctico sobre la materia propia de la especialidad. Normalmente, este ejercicio tiene un peso del 70% en la nota de la primera parte. Es decir, la nota aquí obtenida (de 0 a 10) se multiplica por 0,7.
      • Examen de desarrollo sobre un tema del programa elegido al azar. Lo habitual es que este ejercicio tenga un peso del 30% (multiplicar por 0,3).
    • Segunda parte, que también se valora de 0 a 10 puntos e incluye dos pruebas:
      • Elaboración y presentación de una programación didáctica. Ponderación del 30%.
      • Preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal. Ponderación del 70%.

    La nota final de la fase oposición será la media aritmética de la calificación obtenida en ambas partes.

    Para entenderlo mejor, podemos poner un sencillo ejemplo:

    La opositora María obtiene las siguientes notas (sobre 10) en las distintas pruebas de la oposición de Maestros:

    • Un 8 en el supuesto práctico.
    • Un 6 en el examen de desarrollo.
    • Un 9 en la programación didáctica.
    • Un 5 en la unidad didáctica.

    Aplicando las ponderaciones que acabamos de ver, resultaría lo siguiente:

    • 8 x 0,7 = 5,6
    • 6 x 0,3 = 1,8
    • 9 x 0,3 = 2,7
    • 5 x 0,7 = 3,5

    Por tanto, habrá obtenido un 7,4 (5,6 + 1,8) en la primera parte y un 6,2 (2,7 + 3,5) en la segunda.

    Como decíamos, la nota final de la fase de oposición de Maestros se calcula haciendo la media aritmética de las notas de ambas partes. Por tanto, en este caso, sería de 6,8 [(7,4 + 6,2) / 2].

    Pero, además, la fase oposición en su conjunto suele tener una ponderación del 60% en la nota final de la oposición de Maestros. El resto corresponderá al concurso.

    Por tanto, ese 6,8 se traduciría en un 4,08 para la nota final (6,8 x 0,6).

    Ten en cuenta que las ponderaciones concretas (el peso de cada ejercicio en la nota) pueden variar ligeramente en las distintas comunidades autónomas. De todos modos, no suele haber grandes diferencias, ya que siempre deben respetar los mínimos que indica el Real Decreto del Estado.

    Es importante tener recordar que, para superar el proceso selectivo, es necesario aprobar la fase de oposición (obtener al menos un 5). De lo contrario, no pasarás ya a la fase de concurso.

    Valoración de la fase de concurso

    Esta fase suele tener un peso del 40% en la nota final de las oposiciones de Maestros.

    Aquí se valoran los méritos de cada aspirante, con un baremo similar al siguiente:

    • Formación académica: se valora habitualmente entre 0 a 6 puntos, pero con una ponderación del 40%.
    • Experiencia previa: se suele valorar de 0 a 7 puntos, con la misma ponderación.
    • Otros méritos: se valora entre 0 y 3 puntos, con idéntico peso en la nota.

    En conjunto, no se pueden obtener más de 10 puntos en la fase de concurso.

    Si, por ejemplo, María obtiene un total de 7 puntos en el concurso, al aplicarle la ponderación del 40%, se queda en 2,80 para sumar a la nota final (7 x 0,4).

    Nota final en la oposición de Maestros

    De este modo, la nota total de María resultaría de la suma de ambas puntuaciones ponderadas: 4,08 en la fase oposición y 2,80 en la de concurso.

    Por tanto, en total, habrá obtenido una nota final en las oposiciones de Maestros de 6,88 puntos.

    Ahora que ya sabes cómo se calcula la nota final en las oposiciones de Maestros, ¿te parece un sistema de calificación justo?

    Sin duda, conocer la forma en la que se distribuyen los puntos puede ayudarte a optimizar tu proceso de preparación y concentrarte especialmente en los aspectos clave para maximizar tu nota.´

    ¡Ánimo en el estudio y suerte en los exámenes!

    Fuentes y recursos de información

    Comprobamos el contenido y la veracidad del conocimiento presentado en este artículo a través de nuestro proceso editoria y de verificación de la información, para asegurarnos de que sea preciso y confiable

    Conoce el proceso editorial
    • BOE-A-2007-4372 Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. (s/f). Boe.es. Recuperado el 4 de octubre de 2024, de https://www.boe.es/eli/es/rd/2007/02/23/276/con
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