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Si deseas trabajar en una cárcel puedes hacerlo opositando para conseguir un puesto como funcionario de prisiones con tareas diversas, desde vigilancia a tareas administrativas o de gestión. Existe también la posibilidad de trabajar en una cárcel sin pasar un proceso público de oposición, como vigilante de seguridad privada. Te lo explicamos todo en este artículo.
Para trabajar en una cárcel tienes la opción de convertirte en funcionario de prisiones. El funcionario de prisiones es el profesional que pertenece al Cuerpo de ayudantes de Instituciones Penitenciarias y trabaja en Centros Penitenciarios para mantener la seguridad de la institución y favorecer la rehabilitación y reinserción de los presos.
Puede dedicarse al área de vigilancia, trabajar en oficinas o una mezcla de ambas. Si trabaja en el área de vigilancia tendrá funciones como ejecutar medidas de seguridad interior como los recuentos, cacheos, registros, controles, cambios de celda y actividades de control general de salidas de los reclusos a otros módulos o fuera del establecimiento. Además, deberá observar a los internos para comprobar su comportamiento, movimiento y actividades y relaciones con el resto de reclusos.
Si desarrolla su carrera en el área de oficinas deberá:
Por último, si tiene una actividad mixta podrá realizar tareas tanto de vigilancia y control como de tipo burocrático, administrativo o de atención al público.
Jefe de servicios, coordinador de servicios, jefe de oficinas, jefe de área mixta o, por ejemplo vigilante son algunos de los puestos que puedes ocupar como funcionario de prisiones.
Los requisitos básicos para optar a las oposiciones de Instituciones Penitenciarias y, por tanto, para trabajar en la cárcel son poseer, el título de Bachiller o Técnico Superior, tener un mínimo de 18 años y no exceder la edad de jubilación, no tener antecedentes penales y pasar unas pruebas médicas, entre otros.
Las pruebas de la oposición cuentan con varias fases:
Si deseas preparar tu oposición para trabajar en la cárcel debes buscar una academia que te prepare de forma eficaz para lograr tu objetivo con éxito. Te vamos a dar algunas claves fundamentales para acertar con esta decisión.
Puedes matricularte en una academia o centro para trabajar en la cárcel y estudiar tus oposiciones de forma presencial o, en caso de que no puedas, optar por la modalidad online.
Si te decides a estudiar en una academia a distancia asegúrate de elegir una que tenga una buena web y una buena plataforma donde acceder a los contenidos y consultar tus dudas con tu tutor siempre que lo necesites. Por lo general, dispones de un asesor pedagógico para avanzar en tu proceso de aprendizaje y participación.
La modalidad e-learning es ideal si quieres combinar estudio con trabajo o si no dispones de una academia de calidad en tu lugar de residencia.
Ley de Seguridad Privada, aprobada el 4 de abril de 2014 incluye un plan de inclusión de vigilantes en las prisiones. Esta norma permite a las empresas de seguridad que se puedan encargar de vigilar los centros penitenciarios de forma perimetral cuando así lo decida el Ministerio del Interior y siempre al servicio de la Policía y de la Guardia Civil.
Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, en los términos que reglamentariamente se determine. Los requisitos para ejercer estas funciones de seguridad privada son:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
b) Ser mayor de edad.
c) Poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesarias para el ejercicio de las funciones.
d) Estar en posesión de la formación previa requerida en el artículo 29.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
f) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
g) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
h) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
i) Superar, en su caso, las pruebas de comprobación que reglamentariamente establezca el Ministerio del Interior, que acrediten los conocimientos y la capacidad necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Además de los requisitos generales establecidos en el apartado anterior, el personal de seguridad privada habrá de reunir, para su habilitación, los requisitos específicos que reglamentariamente se determinen en atención a las funciones que haya de desempeñar.
Con esta información ya sabes cómo trabajar en la cárcel, cómo es el proceso de oposición para optar a un puesto de funcionario o cómo elegir una buena academia o centro que te permita lograr tu meta.
Te recomendamos la opción de preparación de oposiciones antes que entrar por vigilante de seguridad privada debido a las condiciones laborales de un funcionario.
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