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Si no tienes claro a qué edad se jubila un policía local y en qué condiciones puede accederse a la jubilación anticipada, en este artículo encontrarás respuesta a todas tus dudas.
¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles!
En España, la edad de jubilación ordinaria estaba fijada en los 65 años para todos los trabajadores, aunque ha ido aumentando progresivamente, hasta que en el año 2027 quedará establecida en:
Sin embargo, si apruebas las oposiciones de Policía Local, puedes acceder a un adelanto de estas edades de jubilación.
En este artículo analizaremos cuándo se aplica y qué condiciones exige. Pero, antes, veamos dónde se regula esta cuestión.
El gran cambio normativo que se produjo en la edad de jubilación de los policías locales tuvo lugar en el año 2018, aunque no empezó a aplicarse hasta el año siguiente (2019).
Así, esta modificación se llevó a cabo mediante la aprobación del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local.
¿A qué edad se jubila un policía local con la nueva normativa?
De acuerdo con el mencionado Real Decreto, estas son las normas que se aplican a la edad de jubilación de los policías locales:
De todos modos, este mínimo de 37 años cotizados se aplica progresivamente, de acuerdo con la siguiente tabla:
Año | Cotización |
2019 | 35 años y 6 meses de cotización efectiva como policía local |
2020, 2021, 2022 | 36 años de cotización efectiva como policía local |
2023, 2024, 2025, 2026 | 36 años y seis meses de cotización efectiva como policía local |
2027 | 37 años de cotización efectiva como policía local |
En cualquier caso, para jubilarte como policía local, es imprescindible contar con un mínimo de 15 años de cotización. De lo contrario, no podrás aplicarte el coeficiente reductor del 20% que comentábamos en el apartado anterior.
Además, para computar el tiempo de cotización, se descontarán todas las faltas al trabajo, salvo las siguientes:
El hecho de permitir el adelanto de la edad de jubilación de los policías locales obedece a los mismos motivos que encontramos en otras fuerzas de seguridad o en profesiones como las de bombero, minero, etc.
Es decir, se trata de tomar en cuenta la elevada exigencia (tanto física como psicológica) que suele implicar este tipo de trabajos. Así, se considera que, a partir de ciertas edades, los funcionarios ya no pueden desempeñar esa clase de funciones con las adecuadas garantías de eficacia y seguridad.
Esta misma motivación es la que explica la posibilidad de acceder a la llamada «segunda actividad» en la Policía.
En definitiva, ahora que ya sabes a qué edad se jubila un policía local, ¿te parece una medida justa la posibilidad de anticipar la edad requerida?
Como sabrás, esta es solo una de las muchas ventajas que tienen este tipo de puestos. Si te interesa disfrutarlas, empieza hoy mismo a preparar la oposición y podrás conseguir tu plaza antes de lo que te imaginas.
¡Ánimo con el estudio y suerte en los exámenes!
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