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¿A qué edad se jubila un policía local?

Si no tienes claro a qué edad se jubila un policía local y en qué condiciones, en este artículo encontrarás respuesta a todas tus dudas.
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    Si no tienes claro a qué edad se jubila un policía local y en qué condiciones puede accederse a la jubilación anticipada, en este artículo encontrarás respuesta a todas tus dudas.

    ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles!

    Edad ordinaria de jubilación de un policía local

    En España, la edad de jubilación ordinaria estaba fijada en los 65 años para todos los trabajadores, aunque ha ido aumentando progresivamente, hasta que en el año 2027 quedará establecida en:

    • 67 años, si se ha cotizado menos de 38 años y 6 meses
    • 65 años, cuando se haya cotizado 38 años y 6 meses o más.

    Sin embargo, si apruebas las oposiciones de Policía Local, puedes acceder a un adelanto de estas edades de jubilación.

    En este artículo analizaremos cuándo se aplica y qué condiciones exige. Pero, antes, veamos dónde se regula esta cuestión.

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    ¿Dónde se regula el adelanto de la edad de jubilación de la Policía Local?

    El gran cambio normativo que se produjo en la edad de jubilación de los policías locales tuvo lugar en el año 2018, aunque no empezó a aplicarse hasta el año siguiente (2019).

    Así, esta modificación se llevó a cabo mediante la aprobación del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local.

    ¿A qué edad se jubila un policía local con la nueva normativa?

    De acuerdo con el mencionado Real Decreto, estas son las normas que se aplican a la edad de jubilación de los policías locales:

    • A partir del 2 de enero de 2019, puede reconocerse a los policías locales la pensión de jubilación con una edad inferior a la ordinaria.
    • Por tanto, no se trata de una jubilación anticipada con reducción de la pensión, que sería lo habitual, sino manteniendo la pensión íntegra.
    • Esto se aplica a todas las escalas, categorías o especialidades de la Policía Local.
    • La edad ordinaria de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados como miembros de la Policía Local al servicio de las entidades locales.
    • Esta reducción nunca permitirá que el policía local pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.

    De todos modos, este mínimo de 37 años cotizados se aplica progresivamente, de acuerdo con la siguiente tabla:

    Año Cotización
    2019 35 años y 6 meses de cotización efectiva como policía local
    2020, 2021, 2022 36 años de cotización efectiva como policía local
    2023, 2024, 2025, 2026 36 años y seis meses de cotización efectiva como policía local
    2027 37 años de cotización efectiva como policía local

    Otros aspectos a tener en cuenta

    En cualquier caso, para jubilarte como policía local, es imprescindible contar con un mínimo de 15 años de cotización. De lo contrario, no podrás aplicarte el coeficiente reductor del 20% que comentábamos en el apartado anterior.

    Además, para computar el tiempo de cotización, se descontarán todas las faltas al trabajo, salvo las siguientes:

    • Las que tengan por motivo la incapacidad temporal por enfermedad común o profesional, o accidente, sea o no de trabajo.
    • Las que tengan por motivo la suspensión de la prestación de servicios por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
    • Los permisos y licencias retribuidos, disfrutados en virtud de las correspondientes disposiciones normativas o convencionales

    ¿Por qué es posible adelantar la edad a la que se jubila un policía local?

    El hecho de permitir el adelanto de la edad de jubilación de los policías locales obedece a los mismos motivos que encontramos en otras fuerzas de seguridad o en profesiones como las de bombero, minero, etc.

    Es decir, se trata de tomar en cuenta la elevada exigencia (tanto física como psicológica) que suele implicar este tipo de trabajos. Así, se considera que, a partir de ciertas edades, los funcionarios ya no pueden desempeñar esa clase de funciones con las adecuadas garantías de eficacia y seguridad.

    Esta misma motivación es la que explica la posibilidad de acceder a la llamada «segunda actividad» en la Policía.

    En definitiva, ahora que ya sabes a qué edad se jubila un policía local, ¿te parece una medida justa la posibilidad de anticipar la edad requerida?

    Como sabrás, esta es solo una de las muchas ventajas que tienen este tipo de puestos. Si te interesa disfrutarlas, empieza hoy mismo a preparar la oposición y podrás conseguir tu plaza antes de lo que te imaginas.

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