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¿Qué es mejor: ser personal laboral fijo o funcionario?

Si te estás planteando opositar, tal vez tengas la duda sobre qué es mejor: ¿ser personal laboral fijo o funcionario? ¡Te lo contamos!
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    Si te estás planteando preparar oposiciones, tal vez tengas la duda sobre qué es mejor: ¿ser personal laboral fijo o funcionario?

    Por sorprendente que parezca, muchos opositores no conocen realmente las diferencias que existen entre ambas categorías.

    ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles!

    ¿Cuáles son los distintos tipos de empleados públicos?

    Muchas veces, hablamos de funcionarios de forma impropia, para referirnos a todos los empleados públicos, es decir, cualquier trabajador al servicio de una administración pública.

    Sin embargo, esto no es correcto.

    Así, tal y como nos dice el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), los empleados públicos se clasifican en los siguientes tipos:

    • Funcionarios de carrera.
    • Funcionarios interinos.
    • Personal laboral, que puede ser:
      • Fijo.
      • Por tiempo indefinido.
      • Temporal.
    • Personal eventual.

    En este artículo nos centraremos únicamente en los funcionarios de carrera y el personal laboral fijo.

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    ¿Es fácil saber si es mejor ser personal laboral fijo o funcionario?

    Aunque ambos tipos de empleados públicos comparten muchas características, hay importantes diferencias entre personal laboral y funcionario.

    De forma muy esquemática, estas son las más relevantes:

    • Nombramiento: los funcionarios reciben un nombramiento legal, a través de una resolución que se publica en el BOE. En el caso del personal laboral, simplemente se firma un contrato laboral como el que puede existir en el sector privado.
    • Régimen jurídico: con los funcionarios de carrera se establece una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo. Sin embargo, en el caso del personal laboral, la relación se va a regir principalmente por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio aplicable.
    • Clasificación: los funcionarios se clasifican en distintos grupos (en función de la titulación exigida, el sueldo y otros aspectos). Aunque esta clasificación no es directamente aplicable al personal laboral, suelen establecerse equivalencias o utilizarse una clasificación propia.
    • Funciones reservadas: hay ciertas funciones que solo pueden ejercer los funcionarios. Básicamente, son todas aquellas en las que haya una participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales. De ahí que los Jueces y Fiscales, fuerzas y cuerpos de seguridad, etc. tengan que ser funcionarios.
    • Régimen retributivo: las retribuciones de los funcionarios están compuestas por una serie de conceptos que no existen en los salarios del personal laboral. Ahora bien, esto no quiere decir que unos sueldos sean inferiores a los otros de forma necesaria; simplemente, su estructura será distinta.
    • Permanencia: la ley dice que los funcionarios se encargan del «desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente». En el caso del personal laboral, si se trata de puestos fijos, también existe una vocación de permanencia. No obstante, es cierto que es más fácil extinguir una relación contractual que llegar a perder la condición de funcionario (que solo se da en casos de infracciones muy graves).

    Por tanto, aunque las diferencias están ahí, en la práctica no es tan distinto trabajar como funcionario o como personal laboral fijo, salvo ciertas excepciones.

    Decide qué es mejor para ti: ser funcionario o personal laboral fijo

    Probablemente el factor de decisión más importante a la hora de considerar si es mejor ser personal laboral fijo o funcionario sea el tipo de plaza que te interese.

    Es cierto que hay ciertas plazas que existen en ambas tipologías; por ejemplo, las de Administrativo o Auxiliar Administrativo. También es el caso de muchas plazas de tipo técnico, que pueden ser de funcionario o laboral.

    Sin embargo, en muchos otros casos, la propia naturaleza del puesto ya implica el tipo de régimen aplicable. Así, por ejemplo:

    Son exclusivamente funcionarios, entre muchos otros, los siguientes:

    • Jueces y Fiscales.
      • Cuerpos Generales de Justicia: Auxilio, Tramitación y Gestión Procesal.
      • Policías Nacionales, Guardias Civiles, Policías Locales y miembros de los cuerpos de policía autonómicos.
      • Inspectores de Hacienda y de Trabajo.
      • Agentes de Hacienda.
      • Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
      • Etc.
    • Como puestos de personal laboral fijo, podemos destacar los siguientes:
      • Correos.
      • Periodistas al servicio de entidades públicas, en muchos casos.
      • Personal de oficios y mantenimiento (electricidad, fontanería, jardinería, cocina, etc.), aunque también pueden ser funcionarios.
      • Personal de grupos artísticos de titularidad pública.

    Por tanto, dependiendo de por dónde vaya tu vocación profesional, te acabarás inclinando por un tipo de puesto u otro, aunque haya algunos que puedan existir en ambas tipologías (funcionario y laboral fijo).

    Finalmente, si valoras especialmente el carácter permanente e inamovible de la función pública, quizás prefieras elegir una oposición de funcionario, aunque en la práctica ambos tipos de empleados disfruten de una estabilidad muy parecida.

    Una vez visto todo lo anterior, ¿crees que es mejor ser personal laboral fijo o funcionario?

    Sea cual sea tu elección, tendrás que emplearte a fondo para preparar la correspondiente oposición y contar con ciertas garantías de superar el proceso selectivo.

    ¡Ánimo en el estudio y suerte en los exámenes!

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