Campus Virtual
Contacto
+40.000 plazas de convocadas. ¡Prepárate ahora y consigue la tuya
¡Quiero mi plaza!

Funciones de un Ayudante de Instituciones Penitenciarias

Oposiciones Ayudante Instituciones Penitenciarias
funciones-oposiciones

    ¿Serías capaz de trabajar en una cárcel? En caso afirmativo, te estarás preguntando qué hace un ayudante de instituciones penitenciarias. En este artículo te explicamos detalladamente todas las tareas que pueden desarrollar estos funcionarios, según el puesto concreto que desempeñen.

    Por tanto, si te interesa esta profesión, a continuación podrás ver detalladamente todas las funciones que realiza un Ayudante de Instituciones Penitenciarias. ¡Comenzamos!

     

    ¿Qué hace un ayudante de instituciones penitenciarias?: áreas de actuación

    Son varias las áreas de actuación en las que un Ayudante de Instituciones Penitenciarias debe trabajar y prestar servicios. Generalmente todas las funciones de estos profesionales se reparten en tres áreas diferenciadas. ¡Échales un vistazo!

    Área de vigilancia

    • Control de los movimientos del recluso.
    • Mantenimiento del orden en general.
    • Educación y rehabilitación de los presos.
    • Colaboración con los equipos terapéuticos y educativos de la institución penitenciaria.
    • Coordinación de situaciones especiales.
    • Actividades de control general de salidas de los reclusos.
    • Observación de los internos para comprobar su comportamiento.

    Área Administrativa

    • Tramitar la salida de prisión: excarcelación, certificados, ayudas, etc.
    • Acometer tareas de facilitación administrativa de conducciones y traslados.
    • Encargarse de las informaciones, quejas y recursos.
    • Gestionar todo lo que corresponde a comunicaciones y visitas.

    Área Mixta

    • Vigilancia y control.
    • Administración y atención al público.

     

    Icono Chat

    ¡Fórmate en Funciones de un Ayudante de Instituciones Penitenciarias!

    Descarga gratis la guía formativa Guía

    Las funciones de un Ayudante de Instituciones Penitenciarias según profesión

    Un Ayudante de Instituciones Penitenciarias puede realizar diferentes funciones dentro de la cárcel. Así, las funciones vienen determinadas según el puesto que ocupe en la prisión. No es lo mismo trabajar de Educador que de Vigilancia, en Oficinas a ser Jefe de Servicios.

    A continuación, te nombramos los puestos a los que puedes acceder trabajando como Ayudante de Instituciones Penitenciarias:

    • Jefe de Gabinete del Director.
    • Jefe de Servicios.
    • Jefe de Oficinas.
    • Jefe de Área Mixta.
    • Coordinador de Servicios de Interior.
    • Educador.
    • Vigilancia.

    1. Jefe de Gabinete del Director

    Al Jefe de Gabinete del Director le corresponden las funciones de creación de informes y propuestas de recursos humanos. Además, coordina la gestión de los recursos humanos en relación a las tareas burocráticas que se realizan en la Oficina de Dirección. Entre estas tareas nos encontramos las siguientes:

    • Las fichas y expedientes de cada uno de los funcionarios del establecimiento. En la ficha, además de una fotografía tamaño carné, deberá constar: Nombre y apellidos, estado, Cuerpo, cargo, fecha de nacimiento, fecha de ingreso en el Cuerpo, posesión, cese, número de Registro de Personal y de la Mutualidad de funcionarios de la Administración Civil del Estado, recompensas y correcciones, datos familiares, domicilio y teléfono o dirección donde pueda ser localizado .En el expediente personal se irán anotando, por orden de fechas, cuantas vicisitudes de carácter oficial hagan referencia al funcionario, desde su nombramiento al cese, uniéndose todos los documentos que se reciban e iniciándose con la copia certificada de su título con las diligencias que en el mismo figuren. Todas las notas del expediente llevarán la firma del Director y en caso de traslado, se remitirá al establecimiento de destino, quedando la ficha en el de origen.
    • El fichero de población interna con datos suficientes para atender a una primera información.
    • El Libro de Servicios, que recogerá de forma precisa todos los del establecimiento y los funcionarios a quienes se les asignan, con expresión del número de orden, Cuerpo, nombre y apellidos, servicio que corresponde y horario. Tendrá un encasillado lo suficientemente amplio para la firma de cada uno y en él se anotarán todas las modificaciones que en el transcurso del día puedan surgir respecto a la distribución de los servicios. Se confeccionará con 24 horas de antelación y será firmado por todos los funcionarios en el momento de hacerse cargo de los servicios o de darse por enterados de los mismos. Tendrá el carácter de orden de Dirección.
    • Los libros de Registro de comunicaciones orales y, en su caso, telefónicas de los recluidos, con sus familiares y amigos, así como con sus Abogados defensores, Jueces o funcionarios de la Administración de Justicia, Autoridades, representantes de Embajadas o Consulados, ministros de su religión y demás personas autorizadas. En estos libros se consignarán los datos suficientes que permitan la identificación de los comunicantes, el día, la hora y duración de dichas comunicaciones.
    • Los libros de entrada y salida de correspondencia oficial, en los que se anotarán toda la que se reciba o salga del establecimiento, numerada correlativamente transcribiendo el respectivo número en el documento y estampando en el mismo el sello de entrada o salida. La numeración se renovará en 1 de enero.
    • Los partes reglamentarios del servicio, las relaciones diarias de encargos, de comunicaciones orales y escritas de los internos con el público o con sus Abogados defensores, así como las órdenes de Dirección, que se archivarán en legajos mensuales por orden de fechas.
    • Todas aquellas tareas burocráticas que el Director disponga para la mejor marcha de los servicios del Centro Penitenciario. Los documentos que se reciban y deban quedar en la oficina de Dirección sin trámite interior se archivarán por anualidades, habiendo un legajo diferente para cada una de las Autoridades de quienes procedan.

    Todas estas tareas se regulan en el artículo 335 del R.P. 1981

     

    2. Jefe de Servicios

    Las funciones del Jefe de Servicios son las siguientes:

    • Despacha diariamente con el Director para informarle de la marcha de los servicios y de las novedades que hubiere y para recibir sus órdenes.
    • Cuida la disciplina general del Establecimiento y de que se realicen los servicios en la forma establecida.
    • Estimula y orienta a los funcionarios que de él dependan en el cumplimiento de sus deberes, estudia sus cualidades e informa al Director de su comportamiento.
    • Procura conocer personalmente a los internos e informar al Director sobre los mismos, y a otros superiores cuando lo soliciten.
    • Visita durante el servicio todos los locales del Establecimiento para cerciorarse de su estado de conservación, orden, limpieza y seguridad.
    • Adoptar provisionalmente las medidas indispensables para mantener el orden y buen funcionamiento de los servicios regimentales, dando cuenta de ellas al Director.
    • Mantiene en lugar adecuado y debidamente controladas durante el día las llaves de los dormitorios y locales que no hayan de ser inmediatamente utilizados y, durante la noche, la de los departamentos interiores del Establecimiento.
    • Organiza debidamente todos los actos colectivos y presidirlos cuando no asista un funcionario de superior cometido.
    • Comprueba que los funcionarios que de él dependan realicen los recuentos, cacheos y requisas, así como las revistas e instalaciones, utensilio, vestuario y aseo de la población reclusa.
    • Dirige la oficina de la Jefatura de Servicios y activa sus trabajos.
    • Asiste como Vocal miembro de la Junta de Régimen y Administración en el caso de que le corresponda.
    • Cumple cuantas tareas le encomiende el Director en relación con el servicio que le corresponde conforme a su categoría y cometidos.

    Estas funciones vienen especificadas en el artículo 287.

     

    3. Jefe de Oficinas

    El Jefe de Oficinas tiene bajo su control la organización y los procedimientos. Estos procedimientos son los que se tramitan en cada una de las oficinas de los Centros Penitenciarios. El artículo 334 del R.P. de 1981 regula las funciones del Jefe de Oficinas, según el tipo de Oficina:

    • Oficina de Dirección, en la que se tramitará todo lo referente a funcionarios, sus expedientes personales y documentación, comunicación con las Autoridades, órdenes en general y libros de servicio.
    • Oficina de Régimen, en la que se formalizará cuanto se refiere a la población interna: Expedientes personales y de libertad condicional, libros, fichas y estadística.
    • Oficina de Equipos de Observación y Tratamiento, en la que se formalizarán los informes y protocolos de los internos, así como toda actividad burocrática derivada de los mismos.
    • Oficina de Administración, en la que se tramitará la documentación correspondiente a la gestión económica del establecimiento y servicios de habilitación, con sus correspondientes libros de contabilidad, cuentas y documentación necesaria.
    • Oficina de Servicio Interior, en la que se redactarán y cursarán los partes reglamentarios al Director y en la que se llevarán los libros y ficheros necesarios para el mejor desempeño del servicio.
    • Oficina de Identificación, que formalizará la filiación e identificación dactiloscópica y fotográfica de los internos, y tramitará y archivará la documentación correspondiente.
    • Oficina de Servicios Sanitarios, en la que se tramitará la asistencia sanitaria y farmacológica, la formalización de libros, ficheros y demás documentación relacionados con los mismos.
    •  Oficina de los Servicios de Instrucción y Educación, en la que se tramitará la documentación relacionada con las actividades educativas, culturales, de formaciones profesionales, artísticas y deportivas.
    • Oficina de Economato Administrativo, en la que se formalizará la contabilidad y la confección de las actas y balances del mismo.

     

    4. Qué hace el Jefe de Área Mixta en Instituciones Penitenciarias

    El Jefe de Área Mixta tiene como funciones la organización y el control de todos los procedimientos a su cargo. Al tratarse de áreas de la intervención en las que coinciden las tareas de vigilancias y el control de los internos, con otras tareas de tipo burocrático, de atención al público o administrativo, tanto la organización como el control deberá estar referida a las tareas de intervención sobre los internos como en relación de todos los procedimientos burocráticos.

     

    5. Coordinador de Servicios de Interior

    La función principal del Coordinador de Servicio de Interior es toda coordinación de las actividades internas del Centro Penitenciario, como la coordinación de los servicios y tareas de los funcionarios que trabajan en el área de vigilancia.

    Entre otras funciones realizan las siguientes:

    • Coordina y controla los movimientos de los internos, determinado el número de funcionarios que controlen a los mismos. También, coordina que las actividades diarias estén correctamente operativas.
    • Comprueba personalmente el inicio del turno de los funcionarios.
    • Autoriza la salida temporal de los funcionarios de servicio de las unidades donde lo tienen asignado a otras unidades, determinando, en su caso, su sustitución por toro funcionario e informando al Jefe de Servicios.
    • Apoya al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
    • Implementa las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio de Interior.
    • Participa en todos los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
    • En términos generales, el Coordinador de Servicios de interior realiza todas las funciones que se deriven de la normativa penitenciaria o le encomiende el Jefe de Servicios y sus superiores jerárquicos.

     

    6. Educador: qué hace este funcionario de Instituciones Penitenciarias

    Las funciones del Educador vienen escritas en el artículo 296 R.P de 1981. Te las detallamos a continuación:

    • Atiende al grupo o subgrupo de internos que se les asigne, a quienes deberán conocer lo mejor posible, intentando mantener con ellos una buena relación personal, y a los que ayudarán en sus problemas y dificultades durante su vida de reclusión, intercediendo, presentando o informando ante la Dirección del Establecimiento sus solicitudes o pretensiones.
    • Constituye progresivamente la carpeta de información personal sobre cada interno del grupo o subgrupo que tenga atribuido, que se iniciará a partir de una copia del protocolo del mismo, que se les entregará en el primer momento, y que completarán posteriormente día a día con todo tipo de datos que obtenga.
    • Practica la observación directa del comportamiento de los mismos, con arreglo a las técnicas que se determinen, emitiendo los correspondientes informes al Equipo, y en cuantas ocasiones se les solicite.
    • Colabora con los especialistas miembros del Equipo, cumpliendo las indicaciones y sugerencias de los mismos en orden al acopio de datos de interés para cada uno de ellos y realizando las tareas auxiliares que se les indiquen con respecto a la ejecución de los métodos de tratamiento.
    • Asiste a las reuniones periódicas cuyo programa fijará el Subdirector-Jefe del equipo, y despachar con éste y con los especialistas cuantas veces se les requiera.
    • Organiza y controla la ejecución de las actividades deportivas y recreativas de los internos.
    • Cumple cuantas tareas se les encomiende por sus superiores referentes a su cometido.

    7. Vigilancia

    Las funciones del Vigilante vienen recogidas en el capítulo VIII, art. 64 al 70 del Reglamento Penitenciario del 1996. Resumimos brevemente las funciones de estos profesionales en Instituciones Penitenciarias, que vienen recogidas en estos artículos:

    El Vigilante garantiza con sus funciones la seguridad interior, vigilando a los presos, realizando cacheos, registros, y controles como cambios de celda o salidas de diferentes módulos de los reos. Además, intervendrá dinero u objetos de valor no identificados, así como los objetos que puedan ser peligrosos para la seguridad.

    ¡Consigue tu plaza con Campus!

    Como puedes apreciar, son muchas las funciones que hace un ayudante de instituciones penitenciarias.

    Si siempre has querido trabajar como Ayudante de Instituciones Penitenciarias, te recomendamos preparar estas oposiciones, que te permitirán acceder a un empleo público. Desarrollarás tareas de vigilancia, acompañamiento y control de presos e instalaciones. Infórmate rellenando nuestro formulario.

    ¡Consigue tu plaza con Campus Training!

    INFÓRMATE GRATIS SOBRE
    Recibe información gratis sobre Oposiciones Ayudante Instituciones Penitenciarias
    La reintegración de los internos cuenta con tu ayuda
    • Por favor, escribe un número entre 0 y 90.