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¿Con cuántas personas se forma un sindicato?

En este artículo veremos con cuántas personas se forma un sindicato, dónde se regula esta cuestión y cuál es el procedimiento.
Con cuántas personas se forma un sindicato

    En este artículo veremos con cuántas personas se forma un sindicato, dónde se regula esta cuestión y cuál es el procedimiento para llevarlo a cabo.

    Además, repasaremos brevemente cómo funciona la representación sindical en las empresas, a través de los delegados de personal y los comités de empresa.

    ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles!

     

    ¿Cuántas personas se necesitan para formar un sindicato?

    De acuerdo con la legislación vigente, para formar un sindicato se necesitan 3 personas.

    Así lo establece el artículo 5.1 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales:

    «Para la constitución de un sindicato o una asociación empresarial será necesario un número mínimo de tres promotores»

    Puedes consultar la normativa completa en este enlace.

     

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    ¿Cuál es el proceso para formar un sindicato en España?

    El mismo artículo que acabamos de mencionar regula algunos aspectos básicos del procedimiento para constituir un sindicato. Otras cuestiones vienen reguladas directamente en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

    De este modo, la documentación esencial que debe presentarse para formar un sindicato, por parte de las 3 personas promotoras, es la siguiente:

    • Una solicitud de depósito.
    • El acta fundacional, que debe tener el contenido mínimo que indica el Real Decreto (nombre de los promotores, domicilio, NIF, denominación del sindicato, lugar y fecha, etc.).
    • Los estatutos del sindicato, que recojan los aspectos que señala la normativa (denominación, domicilio, órganos de representación, régimen de afiliación, régimen económico, etc.).
    • Declaración de consentimiento por parte de los promotores.

    Esta documentación debe presentarse ante la oficina pública competente, quien, en un plazo de 10 días, dará publicidad al depósito de la documentación o requerirá la subsanación de los defectos que se hayan observado.

    En caso de estar todo correcto, se dará publicidad en el BOE al depósito de los estatutos del nuevo sindicato.

    Finalmente, el sindicato adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, transcurridos 20 días hábiles desde el depósito de los estatutos.

     

    La representación de los trabajadores en las empresas

    El tipo o formato de representación de los trabajadores en una empresa está vinculado con el número de empleados de la misma.

    De este modo, tenemos los casos siguientes:

    • Delegados de personal. Representan a los trabajadores en las empresas que tengan menos de 50 y más de 10 trabajadores. No obstante, también podrá haber un delegado de personal en aquellas que cuenten entre 6 y 10 trabajadores, si así lo decidieran estos por mayoría. En cuanto al número concreto de delegados, se establece del modo siguiente:
      • Empresas de hasta 30 trabajadores: un delegado.
      • Empresas de 31 a 49 trabajadores: 3 delegados.
    • Comités de empresa. Son los órganos representativos y colegiados del conjunto de trabajadores de una empresa. Se constituyen cuando la compañía tiene 50 o más trabajadores. El número de componentes de estos comités de empresas también se vincula con el número de trabajadores de la entidad, de acuerdo con la escala siguiente:
      • De 50 a 100 trabajadores: 5.
      • De 101 a 250 trabajadores: 9.
      • De 251 a 500 trabajadores: 13.
      • De 501 a 750 trabajadores: 17.
      • De 751 a 1.000 trabajadores: 21.
      • De 1.000 en adelante, 2 por cada mil o fracción con un máximo de 75.

     

    Ahora que ya sabes con cuántas personas se forma un sindicato y cómo funciona la representación de los trabajadores en la empresa, seguro que te resulta más fácil comprender el proceso de creación de estas entidades y su funcionamiento en la práctica.

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